Sin cobro de intereses y con descuento en la deuda, así son los alivios para deudores de multas de tránsito en medio de la pandemia

El pasado 20 de mayo el Gobierno nacional expidió un decreto que establece fechas y beneficios a quienes deben multas, para que los ciudadanos se […]

Quenes no alcanzaron a pagar antes del 15 de octubre no podrán aprovechar los descuentos /FOTO: CAMILO SUÁREZ

El pasado 20 de mayo el Gobierno nacional expidió un decreto que establece fechas y beneficios a quienes deben multas, para que los ciudadanos se pongan al día.

En este caso, y según la Federación Colombiana de Municipios y la Dirección Nacional del Sistema Integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito (Simit), este decreto aplica para quienes tienen deudas pendientes por infracciones a las normas de tránsito.

El tema se puede encontrar en el artículo 7 de este decreto, que habla sobre recuperación de cartera a favor de entidades territoriales, que establece unos tiempos y alivios para los deudores que tengan pagos pendientes hasta el momento de entrada en vigencia de este decreto.

Estos son los alivios que establece

  • Hasta el 31 de octubre de 2020 se pagará el 80 % del capital sin intereses ni sanciones.
  • Entre el 1.° de noviembre de 2020 al 31 diciembre se pagará el 90 % del capital sin intereses ni sanciones.
  • Entre el 1.° de enero de 2021 al 31 de mayo de 2021 se pagará el 100 % del capital sin intereses ni sanciones.

El decreto, en el parágrafo 1, establece que las medidas adoptadas en el presente artículo se extienden a aquellas obligaciones que se encuentren en discusión en sede administrativa y judicial, y su aplicación dará lugar a la terminación de los respectivos procesos

Y en el parágrafo 2 se establece que en los términos del decreto 2106 de 2019, las entidades territoriales deberán habilitar medios de pago electrónicos que faciliten el acceso de los contribuyentes a las medidas adoptadas en este artículo

En ese sentido, la Federación Colombiana de Municipios Dirección Simit ordenó a las entidades territoriales habilitar medios de pago electrónicos que faciliten el acceso de los ciudadanos a las medidas adoptadas en este artículo y recordó que el Simit cuenta con los mecanismos electrónicos para el pago, los cuales seguirán al servicio de los organismos de tránsito.

¿Y en Medellín?

Q’HUBO consultó con la Alcaldía de Medellín sobre la aplicación de estos descuentos. Informaron que, como no es solo para las multas de tránsito si no también para multas en general, desde la Secretaría de Hacienda se está reglamentando para poder unificar estos pagos con descuentos. Indicaron cuando esté lista la reglamentación se anunciará a la ciudadanía.