Patrulleros Lloreda y Rodríguez, destituidos e inhabilitados por 20 años

En fallo de primera instancia, el procurador delegado para la fuerza pública, Hermán Rincón, inhabilitó y destituyó por 20 años para ejercer cargos públicos a […]

/ FOTO: REDACCIÓN QHUBO.

En fallo de primera instancia, el procurador delegado para la fuerza pública, Hermán Rincón, inhabilitó y destituyó por 20 años para ejercer cargos públicos a los patrulleros de la Policía Juan Camilo Lloreda y Harvy Damián Rodríguez, vinculados en la muerte de Javier Ordóñez.

EN VIDEO: Así fueron los últimos minutos de vida de Javier Ordoñez en el CAI donde murió.

De acuerdo con Rincón, los uniformados afectaron los derechos fundamentales a la vida y la integridad de Ordóñez. “No se demostró que haya cometido la conducta para evitar otra. Además está claro que el señor Javier Ordóñez estaba bajo estado de indefensión cuando ocurrieron los hechos”.

Aura Fajardo Moreno, quien funge como delegada del despacho del procurador Rincón, fue quien leyó el fallo en un poco más de 5 horas, y reveló que “no hay duda de que los policías antes que proporcionar protección a quien estaba detenido y en condiciones de absoluta indefensión, actuaron arbitraria e irracionalmente sacando provecho de la condición de inferioridad en que se encontraba propinándole golpes repetitivos y contundentes”.

Harby Damián Rodríguez Díaz (izq.) y Juan Camilo Lloreda Cubillos (der.), los patrulleros señalados en el homicidio. / FOTO: CAPTURA DE VIDEO.

Para la delegada, los impactos fueron con tanta energía que le ocasionaron el estallido del riñón derecho, la ruptura de las arterias y venas de ambos riñones y múltiples vasos sanguíneos, lo que le ocasionó una hemorragia.

Javier Humberto Ordóñez murió el 9 de septiembre tras recibir una brutal golpiza.

A juicio de Fajardo, “sin consideración o razón alguna y con brutalidad” Javier Humberto Ordóñez Bermúdez recibió golpes contundentes propinados por el uniformado Juan Camilo Lloreda Cubillos, mientras el patrullero Harby Damián Rodríguez Díaz no solo observaba lo sucedido, sino que se inclinaba para sujetarlo, todo ello en momentos en que se encontraba en el piso, esposado completamente reducido, y nunca recibió auxilio o atención a pesar de sus lamentos y desesperación por las dolencias que lo afectaban”.

Para la Procuraduría, la conducta desplegada por los patrulleros “constituye un acto contra el derecho fundamental a la vida de un ciudadano del territorio colombiano que estaba bajo su cuidado, quien debió haber recibido protección de los policiales, pero contrario a ello, lo que se ha conocido fue que realizaron todas las acciones ilegales para causarle la muerte sin tener la más mínima consideración”.

El órgano de control estableció que el procedimiento policial en el que Ordóñez Bermúdez recibió múltiples descargas eléctricas no ocurrió en la forma como lo relataron los uniformados, pues los videos de las cámaras de seguridad del lugar demuestran que la intervención de los disciplinados no obedeció a un intento por disolver una riña, sino que por el contrario hubo un enfrentamiento físico donde el patrullero Lloreda Cubillos utilizó el taser en repetidas oportunidades contra la humanidad de Ordóñez Bermúdez.  

El Ministerio Público demostró, en grado de certeza, que después de reducir al estudiante de Derecho, esposarlo y dejarlo en un estado de indefensión absoluta, lo golpearon con patadas y puños dentro del CAI del barrio Villa Luz, “hasta cuando ya no se movía ni daba alguna muestra de vida”.

La decisión emitida en primera instancia fue apelada por la defensa de los patrulleros que cometieron las faltas disciplinarias el pasado 9 de septiembre, en medio de un procedimiento policial.