Abrocharán a los padres que no respondan económicamente por sus hijos

En cintura buscan poner a aquellos padres que no cumplan con las cuotas alimentarias de sus hijos, luego de que la Corte Constitucional dio luz […]

Imagen de archivo para ilustrar la nota. /FOTO: MARIO VALENCIA.

En cintura buscan poner a aquellos padres que no cumplan con las cuotas alimentarias de sus hijos, luego de que la Corte Constitucional dio luz verde a un proyecto que pretende que los deudores morosos de cuotas alimentarias se pongan al día.

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) fue promovido por la senadora del Partido de la U, Maritza Martínez Aristizábal. “Esta ley básicamente trae nuevos instrumentos jurídicos para que se cumplan las determinaciones que toman las autoridades administrativas o judiciales. De esta manera esta ley no establece cuotas alimentarias, pero empieza a operar en el momento que un juez o un comisario o una autoridad administrativa, determina un monto en la cuota alimentaria. A partir de allí, quienes incumplan más de 3 cuotas, van a ser reportados en este Redam”, dijo la senadora a Red + Noticias.

Las cuotas no necesariamente tendrán que ser sucesivas para que el padre o la madre sea reportado.

Las sanciones

Una vez que la persona sea reportada en Datacrédito sufrirá una serie de consecuencias, aseguró la funcionaria. Una de ellas es que no podrá contratar con el Estado, tampoco podrá viajar al exterior hasta que no se ponga a paz y salvo, no podrá ser beneficiario de subsidios, mucho menos podrá asumir cargos públicos y tampoco podrá comprar o vender bienes sujetos a registro.

Pero eso no es todo, la parlamentaria explicó que si un padre o madre reportado saca un crédito en alguna entidad bancaria, serán descontadas automáticamente las cuotas que deba, sin importar que el beneficiario sea mayor de edad, y tendrá retroactividad.

Así se podrá reportar al deudor

Quien desee reportar a la persona que está incumpliendo deberá acudir donde el juez con el cual se concretó la cuota y denunciar el incumplimiento en la entrega. Luego el impartidor de justicia tendrá que notificar al deudor o deudora, para que demuestre lo contrario, pero si en realidad está atrasado en los pagos, tendrá 5 días para cancelar antes que se haga efectivo el reporte.

En caso de que el padre o la madre no tenga la manera de responder, este último deberá ir donde el juez, contar las razones y buscar una nueva conciliación.

Esta ley busca que los padres de familia sean más responsables con sus hijos, para que no se normalice el abandono y el incumplimiento en las obligaciones de crianza de los padres, y afectar el bolsillo de aquellos padres irresponsables.

Tras ser aprobada en el Congreso, ahora solo se deberá esperar que el presidente de la República sancione la ley.